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Evangelio de hoy 6 octubre 2024. Padre David de Jesús. Domingo 27 Tiempo Ordinario. Año B (Mc 10,2-16)

El Evangelio de hoy (Mc 10,2-16):

     EN aquel tiempo, acercándose unos fariseos, preguntaban a Jesús para ponerlo a prueba:

«¿Le es lícito al hombre repudiar a su mujer?».

     Él les replicó:

«¿Qué os ha mandado Moisés?».

     Contestaron:

«Moisés permitió escribir el acta de divorcio y repudiarla».

     Jesús les dijo:

    «Por la dureza de vuestro corazón dejó escrito Moisés este precepto. Pero al principio de la creación Dios los creó hombre y mujer. Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre, se unirá a su mujer y serán los dos una sola carne. De modo que ya no son dos, sino una sola carne. Pues lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre».

En casa, los discípulos volvieron a preguntarle sobre lo mismo.

Él les dijo:

    «Si uno repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio contra la primera. Y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio».

     Acercaban a Jesús niños para que los tocara, pero los discípulos los regañaban.

     Al verlo, Jesús se enfadó y les dijo:

     «Dejad que los niños se acerquen a mí: no se lo impidáis, pues de los que son como ellos es el reino de Dios. En verdad os digo que quien no reciba el reino de Dios como un niño, no entrará en él».

Y tomándolos en brazos los bendecía imponiéndoles las manos.

Textos para profundizar:

Génesis 33,12-14:

12 Dijo Esaú: «Vámonos de aquí, que yo te daré escolta.» 13 Él respondió: «Mi señor sabe que los niños son tiernos y que tengo conmigo ovejas y vacas criando; un día de ajetreo bastaría para que muriese todo el rebaño. 14 Adelántese, pues, mi señor a su siervo, que yo avanzaré despacito, al paso del ganado que llevo delante, y al paso de los niños, hasta que llegue donde mi señor, a Seír.»

San Juan de la Cruz. Cántico espiritual B:

6. Este desposorio que se hizo en la Cruz no es del que ahora vamos hablando. Porque aquél es desposorio que se hizo de una vez, dando Dios al alma la primera gracia, lo cual se hace en el bautismo con cada alma. Mas éste es por vía de perfección, que no se hace sino muy poco a poco por sus términos, que, aunque es todo uno, la diferencia es que el uno se hace al paso del alma, y así va poco a poco; y el otro, al paso de Dios y así hácese de una vez. (San Juan de la Cruz. Cántico espiritual B 23,6).

Romanos 8,31-39:

31 Después de esto, ¿qué diremos? Si Dios está con nosotros, ¿quién estará contra nosotros? 32 El que no se reservó a su propio Hijo, sino que lo entregó por todos nosotros, ¿cómo no nos dará todo con él? 33 ¿Quién acusará a los elegidos de Dios? Dios es el que justifica. 34 ¿Quién condenará? ¿Acaso Cristo Jesús, que murió, más todavía, resucitó y está a la derecha de Dios y que además intercede por nosotros? 35 ¿Quién nos separará del amor de Cristo?, ¿la tribulación?, ¿la angustia?, ¿la persecución?, ¿el hambre?, ¿la desnudez?, ¿el peligro?, ¿la espada?; 36 como está escrito: Por tu causa nos degüellan cada día, nos tratan como a ovejas de matanza. 37 Pero en todo esto vencemos de sobra gracias a aquel que nos ha amado. 38 Pues estoy convencido de que ni muerte, ni vida, ni ángeles, ni principados, ni presente, ni futuro, ni potencias, 39 ni altura, ni profundidad, ni ninguna otra criatura podrá separarnos del amor de Dios manifestado en Cristo Jesús, nuestro Señor.

Doctrina de la Iglesia sobre: el matrimonio es para siempre, la separación y divorcio (ver números 1646-1651 del Catecismo de la Iglesia Católica, disponibles en esta entrada después del vídeo).



LA FIDELIDAD DEL AMOR CONYUGAL

1646. El amor conyugal exige de los esposos, por su misma naturaleza, una fidelidad inviolable. Esto es consecuencia del don de sí mismos que se hacen mutuamente los esposos. El auténtico amor tiende por sí mismo a ser algo definitivo, no algo pasajero. "Esta íntima unión, en cuanto donación mutua de dos personas, así como el bien de los hijos exigen la fidelidad de los cónyuges y urgen su indisoluble unidad" (GS 48,1).

1647. Su motivo más profundo consiste en la fidelidad de Dios a su alianza, de Cristo a su Iglesia. Por el sacramento del matrimonio los esposos son capacitados para representar y testimoniar esta fidelidad. Por el sacramento, la indisolubilidad del matrimonio adquiere un sentido nuevo y más profundo.

1648. Puede parecer difícil, incluso imposible, atarse para toda la vida a un ser humano. Por ello es tanto más importante anunciar la buena nueva de que Dios nos ama con un amor definitivo e irrevocable, de que los esposos participan de este amor, que les conforta y mantiene, y de que por su fidelidad se convierten en testigos del amor fiel de Dios. Los esposos que, con la gracia de Dios, dan este testimonio, con frecuencia en condiciones muy difíciles, merecen la gratitud y el apoyo de la comunidad eclesial (cf. FC 20).

1649. Existen, sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy diversas. En tales casos, la Iglesia admite la separación física de los esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios; ni son libres para contraer una nueva unión. En esta situación difícil, la mejor solución sería, si es posible, la reconciliación. La comunidad cristiana está llamada a ayudar a estas personas a vivir cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece indisoluble (cf. FC; 83; CIC can 1151-1155).

1650. Hoy son numerosos en muchos países los católicos que recurren al divorcio según las leyes civiles y que contraen también civilmente una nueva unión. La Iglesia mantiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo ("Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra aquélla; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio": Mc 10,11-12), que no puede reconocer como válida esta nueva unión, si era válido el primer matrimonio. Si los divorciados se vuelven a casar civilmente, se ponen en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo cual no pueden acceder a la comunión eucarística mientras persista esta situación, y por la misma razón no pueden ejercer ciertas responsabilidades eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento de la penitencia no puede ser concedida más que a aquellos que se arrepientan de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo y que se comprometan a vivir en total continencia.

1651. Respecto a los cristianos que viven en esta situación y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de que aquellos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en cuanto bautizados:

«Exhórteseles a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios» (FC 84).

4 comentarios

4 Comments


Guest
hace 4 días

😊

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Guest
hace 4 días

GRACIAS SEÑOR BENDITO SEAAAAS. Gracias Padre Juan David, por favor no deje de predicar, usted es muy importante para nosotros los jóvenees que necesitamos oir la palabra y sobretodo que nos la expliquen de forma fresca. Dios lo bendiga!

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Unknown member
hace 5 días

Que delicado es Dios con las almas. Las ama, las cuida, las guía y no permite que nada las separe definitivamente de ÉL, pero todo al ritmo de cada una....


Gracias Dios por Tu Amor Misericordioso que suavemente seduce al alma.


Enséñame a amar así.


La Paz del Señor. Feliz domingo.

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